Primera parte: Sistema de instrucción pública centralizado - Educación Primaria
"En la historia de la
educación de nuestro país, el modelo que se impuso desde 1884 necesitó, para
mantenerse, de la lucha de los sujetos políticos y sociales comprometidos
con él. (...)
Adriana Puiggrós y el grupo de
APPEAL denominan "sistema de
instrucción pública centralizado" (SIPCE) al modelo educativo
argentino que se extendió hasta 1980. En su condición de referente, posee los
siguientes rasgos: hegemonía del estado; subsidiariedad a los sectores
privados; verticalidad; burocratización; carácter oligárquico, liberal, no
participativo, autoritario y de alta discriminación.
En el período comprendido entre
1884 y 1916, el modelo pedagógico correspondiente al SIPCE fue el sarmientino.
Sin embargo, además del sistema oficial, también las propuestas alternativas de
la época sufrieron la impronta de ese modelo, aunque operaron en él
variaciones.
El sujeto pedagógico sarmientino
se instauraba en esta relación: el educador era el portador de una cultura
superior que se debía imponer a un sujeto negado socialmente, el educando.
Sarmiento tomaba como educando a
la "población", una abstracción , entendida como equivalente a la
masa resultante de la desorganización y la barbarie. Por su parte el educador era
el maestro normal. En la concepción sarmientina, el Estado debía garantizar
tanto la formación especializada de estos docentes, como la educación de la
"población".
Fragmento: Aída
Conill en "Adriana PUIGGROS. Sujetos, Disciplina y Curriculum en ios
orígenes del sistema educativo argentino. Buenos Aires, Editorial Galerna,
1990."
Los Estados liberales en
formación durante la Edad Moderna, comprenderán pronto la necesidad de
"tener ciudadanos ilustrados que hagan posible el nuevo régimen", así
por ejemplo, la Constitución española de 1812 estableció tempranamente la
obligación de saber leer y escribir para poder ejercer "los derechos de
ciudadano".
Ahora bien, durante este período
surgen diferentes ideas y discusiones. Por un lado, se piensa la creación de un
sistema público con una enseñanza elemental y gratuita para el pueblo y una
instrucción superior y onerosa para las capas medias y altas de la sociedad
(concepción que triunfa durante el Siglo XIX).
Por el otro lado, otras corrientes,
sostenían la instrucción como necesidad de todos los ciudadanos y este es el
antecedente moderno del derecho a la educación (posición que triunfa durante el
siglo XX) .
El posicionamiento del Estado
como agente educador, implicó el corrimiento de la Iglesia de ese rol;
situación que no fue asumida gratamente por esta institución, la cual disputó
(y sigue disputando) de allí en más con el Estado el rol principal en cuanto a
la educación.
Las disputas entre el Estado y la
Iglesia en este terreno han girado en torno a quién le corresponde educar; o más
bien, en quién delegan las familias ese rol.
En el caso argentino, el "Sistema
de Instrucción Pública Centralizado" se institucionalizó a fines del Siglo
XIX a fin de formar "ciudadanos conocedores de derechos y
obligaciones", dentro del proyecto oligárquico-liberal de creación del
Estado nacional.
En 1884, el Congreso Nacional
debatió y aprobó la Ley 1420 de Educación
Común, Laica, Gratuita, Obligatoria y Gradual, con vigencia únicamente en los
territorios dependientes del estado nacional; con esta ley se creó un sistema
de instrucción pública y garantizó para la población un mínimo común, a través
de la obligatoriedad de la educación primaria.
Entre otras cosas, la obligatoriedad
supuso la existencia de la escuela pública gratuita al alcance de todos los niños
(art 5to); asimismo distinguía las escuelas públicas y privadas, y se establece
la obligación de enseñar un mínimo de
instrucción obligatoria.
Lo cierto es que una de las discusiones
mas enardecidas que se dieron al rededor del debate de esta ley, es sobre su
artículo 8 que establece: "La
enseñanza religiosa sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los
ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva
comunión, y antes o después de clase."
En sus orígenes, la propuesta de
la escuela pública obligatoria se articuló en torno al principio de neutralidad religiosa (educación laica).
Aún así, en nombre de la libertad de enseñanza y adjudicándose el "rol de
madre y maestra" (mater et magister) la Iglesia impugnó a partir de
entonces y a lo largo de todo el siglo XX al Estado como agente educador.
Si bien algunos autores hablan de
laicicidad relativa lo cierto es que en este período, el Estado argentino se
constituyó como un Estado docente, y disputa a partir de entonces con la
iglesia su rol de educadora y le quita el monopolio. El derecho a la educación
pasa de ser un Derecho de las Iglesias, a un derecho individual (Paviglianiti).
El derecho a la educación,
expresado en términos de la escolaridad que debería recibir toda la población,
garantizando un mínimo de instrucción (primaria o elemental), es considerado en
este período un deber de las personas, pero también una obligación del Estado
asegurarlo. Es decir, crear y sostener un servicio público gratuito al alcance
de todos para que puedan cumplir con la obligatoriedad, ya sean niños, jóvenes
o adultos.
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Trabajamos con preguntas claves: leer el texto y
realizar todas las preguntas que te surjan a partir de él. En el blog de la
materia, tenemos una ficha que nos ayudará a desarrollar estas preguntas...siguiendo
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